Nuevas leyes migratorias en Cuba para el 2013



Dentro del trabajo que se ha ido realizando para la actualización de la política migratoria actual y ajustarla a las condiciones del presente y el futuro próximo, el gobierno cubano, en ejercicio de su soberanía, ha decidido eliminar el procedimiento de solicitud de Permiso de Salida para los visitantes al exterior y dejar sin efecto el requisito de la Carta de invitación.
Por tanto, a partir del 14 de enero del 2013 solo se exigirá la presentación del pasaporte corriente actualizado y la visa del país de destino, en los casos que la misma se requiera.  Serán acreedores de dicho pasaporte los ciudadanos cubanos que cumplan los requisitos establecidos en la Ley de Migración, la cual ha sido también actualizada de acuerdo con las medidas adoptadas y entrará en vigor a los noventa días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

En el caso de los titulares de pasaporte corriente, expedido con anterioridad a la vigencia de esta decisión, deberán solicitar su actualización sin gravamen alguno a las autoridades competentes del Ministerio del Interior.  Asimismo, quienes cuenten con un permiso de salida vigente, podrán salir del país sin necesidad de un nuevo trámite.

También se ha decidido extender a 24 meses el tiempo de permanencia en el exterior de los residentes en Cuba que viaje por asuntos particulares, contados a partir de la fecha de salida del país.  Cuando excedan este término deben obtener, plasmada en el pasaporte, la constancia de las prórrogas de estancia correspondiente, otorgada por un consulado cubano.

El gobierno de la Isla también recalcó que la actualización de la política migratoria tiene en cuenta el derecho del régimen cubano de preservar el capital humano creado durante más de cinco décadas por el sistema imperante en Cuba, y que por lo tanto de mantendrán medidas para evitar que los profesionales emigren a otros países en busca de mejores oportunidades.

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